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Medidas en el marco del Plan Integral de respuesta a la crisis en Oriente Medio

En el BOE del día 30 de septiembre de 2026 se ha publicado el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

Entre las medidas que incluye a destacar:

  • Medidas en Materia Energética :
    • Se limita el incremento de la materia prima ($C_n$) en la Tarifa de Último Recurso de gas natural al 35% en la revisión de octubre de 2026 y al 15% en enero de 2027 para evitar subidas bruscas de más del 45% a más de 3 millones de consumidores5more_horiz. Las diferencias de coste se diferirán para su posterior recuperación por las comercializadoras89.
    • Reserva estratégica de GNL: Se aumentan las obligaciones de almacenamiento de Gas Natural Licuado en las plantas de regasificación durante el invierno (hasta un equivalente global de 21 días) para garantizar el suministro ante olas de frío o interrupciones marítimas10more_horiz.
    • Tope al precio del butano: Se prolonga la limitación al precio máximo de venta de la bombona de butano comercial envasada hasta el 30 de junio de 20271314.
    • Eficiencia y renovables: Se autoriza la financiación de proyectos de rehabilitación energética en edificios públicos (con especial foco en sectores sanitario y educativo en Ceuta y Melilla) mediante el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)1516, se ajusta el marco para que las renovables contribuyan al control de tensión del sistema eléctrico1718 y se refuerza el régimen sancionador de los Certificados de Ahorro Energético (CAE)18.2.
  • Medidas Tributarias :
    • Impuesto sobre Hidrocarburos: Se establece una escala descendente de rebajas fiscales para la gasolina sin plomo y el gasóleo de automoción: 20 céntimos/litro en octubre, 13 céntimos/litro en noviembre y 6 céntimos/litro en diciembre19.Cláusulas de salvaguarda: Si el IPC de los carburantes o de la electricidad sube más del 15% interanual, se activan automáticamente reducciones reforzadas en el Impuesto sobre Hidrocarburos20 y se recupera temporalmente el IVA reducido (10%) y el tipo reducido en el Impuesto Especial sobre la Electricidad durante noviembre y diciembre21more_horiz.
    • Simplificación en el IVPEE: Se exime a los productores eléctricos de la obligación de autoliquidar y hacer pagos fraccionados del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica a partir de 2028, cuando entrará en vigor el tipo del 0%2526.3.
  • Sector Transportes
    • Gasóleo profesional: Se prorroga el apoyo directo al transporte por carretera con 5 céntimos/litro en octubre, 12 céntimos/litro en noviembre y 19 céntimos/litro en diciembre3637.
    • Ayudas por vehículo: Se habilitan subvenciones fijas por vehículo para colectivos que no reciben devolución de gasóleo profesional (taxis, VTC, autobuses urbanos, furgonetas, ambulancias y camiones ligeros)
  • Medidas sociales:
    • Prohibición del despido: Las empresas que perciban ayudas directas no podrán despedir por causas económicas o de fuerza mayor vinculadas al sobrecoste energético hasta el 31 de diciembre de 2026; el incumplimiento implica la nulidad del despido y la devolución integra del dinero

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