Servicios mínimos en el transporte público regular de viajeros de uso general, que realicen las empresas cuya sede se ubique dentro del ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, aun cuando desarrollen sus tareas dentro o fuera de esta comunidad, durante la huelga convocada para el día 08/03/2020

Orden 28/2020, de 3 de marzo, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen servicios mínimos en el transporte público regular de viajeros de uso general, que realicen las empresas cuya sede se ubique dentro del ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, aun cuando desarrollen sus tareas dentro o fuera de esta comunidad, durante la huelga convocada para el día 08/03/2020. [2020/1934]

 

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