Empresas y autónomos pueden aplazar las cuotas 3 meses

Las empresas y los trabajadores autónomos pueden solicitar una moratoria en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de hasta 3 meses.

Para las empresas, la moratoria hace referencia a las cuotas entre los meses de diciembre del 2020 y febrero del 2021, cuyos pagos en efectivo corresponden a los meses de enero, febrero y marzo del año próximo. En el caso de los trabajadores autónomos, corresponde a los meses de enero a marzo del 2021, cuyos pagos corresponden a los meses de febrero, marzo y abril del año que viene.

Esta medida, incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, es para empresas y autónomos incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, que se encuentren al corriente de sus obligaciones y pagos con esta entidad, y que no tengan otra moratoria vigente.

La solicitud de estos aplazamientos, a los que se les aplicará un interés del 0,5%, debe efectuarse antes de los diez primeros días naturales de cada uno de los plazos reglamentarios de ingreso de las cuotas.