Empresas y autónomos pueden aplazar las cuotas 3 meses

Las empresas y los trabajadores autónomos pueden solicitar una moratoria en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de hasta 3 meses.

Para las empresas, la moratoria hace referencia a las cuotas entre los meses de diciembre del 2020 y febrero del 2021, cuyos pagos en efectivo corresponden a los meses de enero, febrero y marzo del año próximo. En el caso de los trabajadores autónomos, corresponde a los meses de enero a marzo del 2021, cuyos pagos corresponden a los meses de febrero, marzo y abril del año que viene.

Esta medida, incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, es para empresas y autónomos incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, que se encuentren al corriente de sus obligaciones y pagos con esta entidad, y que no tengan otra moratoria vigente.

La solicitud de estos aplazamientos, a los que se les aplicará un interés del 0,5%, debe efectuarse antes de los diez primeros días naturales de cada uno de los plazos reglamentarios de ingreso de las cuotas.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.