El Tribunal Supremo califica como derivada de enfermedad profesional la incapacidad temporal por COVID de personal sanitario

Sentencia del Tribunal Supremo 4107/2025, de 24 de septiembre

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 24 de septiembre de 2025 (STS 4170/2025), declara que en el caso de personal sanitario y personal que presta sus servicios en dichos centros, la incapacidad temporal por contagio de COVID ha de ser calificada como derivada de enfermedad profesional, en base a la normativa europea.

Aún cuando, de forma expresa, el SARS (COVID) no esté incluido en el cuadro de enfermedades profesionales, aprobado por el Real Decreto  1299/2006 (el TS hace una interpretación finalista, y concluye que en base a lo indicado por la UE y la declaración por la OMS de la pandemia, se ha de entender que esta patología se puede incluir en el cuadro de EP,  y que se ha de tener presente que en el año 2006 se desconocía este virus).