El Instrumento de adhesión al Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, hecho en Ginebra el 16 de junio de 2011, se ha publicado en el BOE del pasado 3 de abril.
La aprobación de este convenio supone un gran avance en la protección del trabajo doméstico, a menudo infravalorado e invisible, realizado principalmente por mujeres, muchas de las cuales forman parte de comunidades desfavorecidas, y, por tanto, vulnerables a la discriminación con respecto a las condiciones de empleo.
Este convenio, que entrará en España en vigor el 29 de febrero de 2024, tiene como objetivo garantizar que los trabajadores domésticos tengan las mismas condiciones laborales que el resto de los trabajadores.
Entre otras novedades destacadas de este convenio se encuentran:
- Derechos humanos: se deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de los derechos humanos de todos los trabajadores domésticos.
- Condiciones laborales: se deberán promover los derechos fundamentales en el trabajo en cuanto a la libertad de asociación y libertad sindical, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil, y la no discriminación.
- Igualdad: los trabajadores domésticos, de la misma manera que los demás trabajadores, deben disfrutar de condiciones de empleo equitativas y de trabajo decente. También, en relación a las horas de trabajo, la compensación de horas extraordinarias o los períodos de descanso.
- Información: el trabajador doméstico debe ser informado de sus condiciones de empleo de forma adecuada, comprensible y verificable, mediante contratos escritos de acuerdo a la legislación nacional.
- Salario: se debe asegurar que los trabajadores domésticos se beneficien de un régimen de salario mínimo, sin discriminación por motivo de sexo.
- Seguridad y salud en el trabajo: se deberán adoptar las medidas necesarias para que todo trabajador doméstico tenga un entorno de trabajo seguro y saludable.